La Comisión Electoral Central acepta el recurso de Asaja Extremadura que denunció que los electores de Villamesías se veían obligados a hacerse 222 kilómetros para votar; ahora lo harán en Abertura, a 8 kilómetros. También los de Ruanes, como había pedido Asaja, votarán en Santa Ana, a 3 kilómetros. La organización agraria impugna el censo electoral definitivo, que sigue sin ser publicado, por ser contrario a Derecho. La Sala del TSJEx resolverá en dos semanas si de forma definitiva hay elecciones agrarias o no, tras el recurso presentado por Asaja.

Apag Extremadura Asaja ha conseguido que la Comisión Electoral Central acepte los recursos presentados por esta organización agraria y que los agricultores y ganaderos de las localidades de Villamesías y de Ruanes puedan votar en localidades muy cercanas y no donde pretendía la Consejería de Medio Ambiente y Rural, a más de 222 kilómetros en el primer caso (los desplazaba a San Martín de Trevejo), y a 16 kilómetros (Santa Cruz de la Sierra).

Por fin, “y para no realizar unas elecciones… campo a través”, ha imperado la lógica, ha señalado Ángel García Blanco, presidente de Asaja Extremadura, que ha concretado que los electores con derecho a voto de Villamesías tendrán su mesa electoral en Abertura, a escasos 8 kilómetros mientras que lo de Ruanes lo harán en Santa Ana, a 16 kilómetros.

“No era un capricho por nuestra parte sino que nuestro recurso se basaba en la propia resolución publicada en el DOE, que especifica que para los casos en los que el municipio cuenta con un censo de menos de 10 electores, en dicha localidad no se ubicará una mesa electoral y deberán de ejercer su derecho al voto en aquellos municipios y núcleos de población de acuerdo con criterios de proximidad y comunicación”, advierte el presidente de Asaja.

Sin embargo, la lógica no es completa porque Asaja Extremadura había presentados otros dos recursos que afectaban en la misma medida a los electores de Membrío y Villasbuenas de Gata, que también serán desplazados de forma obligatoria a largas distancias tiendo la posibilidad de realizar en localidades mucho más próximas.

OTRO RECURSO

De otro lado, Asaja Extremadura ha presentado otro recurso vía administrativo de cara a impugnar el censo definitivo de electores para la celebración del procedimiento electoral. Antes, esta organización agraria lo había presentado uno de reposición, el 30 de diciembre, contra la resolución del censo provisional dictaminado por la Junta de Extremadura.

Asaja Extremadura entiende que se trata de una resolución contraria a derecho por prescindir sustancialmente del procedimiento legalmente establecido para la elaboración, de oficio, del censo, cuyos vicios no han sido subsanados durante estos meses hasta su resolución definitiva. Entre otros, estas irregularidades se basan en tener que abonar una serie de tasas para obtener un certificado y poder votar, lo que claramente se considera un claro impedimento para ejercer libremente el derecho a voto, tanto a las personas físicas como jurídicas.

En este sentido, hay que recordar que sólo podrán ejercer su derecho al voto unos 13.157 agricultores y ganaderos de los aproximadamente 58.000 que existen en la región.

 Además, el censo electoral, como marca la Ley Agraria de Extremadura en su artículo 308, sigue sin ser publicado en la web de la Consejería.

Dicha Ley Agraria establece la posibilidad de formular alegaciones contra el censo definitivo por parte de los profesionales del campo no incluidos en el mismo y que debieron estarlo. Nada dice de los recursos que caben a favor de terceras personas interesadas, como es esta organización agraria y candidata al proceso electoral, que presenta este recurso. Por este anterior motivo –que alegaba la Junta en su respuesta- el presente recurso se ha interpuesto en vía administrativa, interponiéndose transcurrido el plazo de diez días para formular alegaciones (que Asaja Extremadura no puede formular porque no es electora) y de diez días para ser contestada.

Hay que recordar que por éstas y otras manifiestas irregularidades, se está a la espera de que la Sala Contecioso-Administrativo del TSJEx dictamine (seguramente en un plazo de unos quince días) si se van a celebrar las elecciones o si éstas quedan suspendidas temporalmente, tal y como ha pedido Asaja Extremadura, que presentó un recurso ante esta instancia judicial que fue admitido a trámite.